El periodista Miguel "Tití" Fernández reclamó una indemnización por ser obligado a trabajar con dolencias y enfermo, tras el fallecimiento de su hija Soledad durante el Mundial de Brasil 2014.

El magistrado subrogante Alejandro Segura consideró que el presidente Mauricio Macri se arrogó facultades del Congreso y que los trabajadores accidentados no son los que tienen que "solventar" los desequilibrios de las ART.

El juez del laboral subrogante Alejandro Segura declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/2019 que redujo los montos de las indemnizaciones en accidentes de trabajo y aseguró que la "falta de rentabilidad" de las empresas aseguradoras no debe ser compensada con menores resarcimientos a los empleados enfermos y accidentados.

El fallo de 118 carillas -con lenguaje inclusivo- fue firmado este miércoles y resultó a favor del periodista deportivo Miguel “Tití” Fernández, quien demandó a las empresas TyC Sports y Fox Sports por los problemas de salud que sufrió tras el fallecimiento de su hija Soledad durante el Mundial de Brasil 2014.

Según relató Tití, durante su trabajo como conductor y director de programas periodísticos de las señales de TV padeció “fuertes dolores en el pecho y mareos”, pero que fue “compelido a seguir desempeñándose de forma normal y habitual”.

En este marco, el juez Segura determinó que el monto de la indemnización debe ser calculado por las leyes vigentes anteriores al decreto de Mauricio Macri.

En las páginas 13, 14 y 15 el magistrado laboral indicó que “el Estado, mediante este DNU, ha conseguido transferirle las cargas de su fallida política económica a los más necesitados” y rechazó la aplicación del RIPTE para calcular los montos.

Al mismo tiempo, descartó el efecto "retroactivo" del decreto y el incumplimiento de tratados internacionales que proteges los derechos de los trabajadores.


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