Las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa Repro II para el pago de los salarios de marzo, podrán inscribirse en la página web de la AFIP entre el 22 y el 27 de este mes, dispuso oficialmente hoy el Ministerio de Trabajo.

"Establécese el plazo para la inscripción al Programa Repro II para el período correspondiente a los salarios devengados durante marzo de 2021, el cual estará comprendido entre el 22 y 27 de marzo de 2021", según la Resolución 141/2021, publicada este jueves en el Boletín Oficial.

El Poder Ejecutivo también estableció las las pautas a considerar respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio, de acuerdo con el siguiente detalle:

Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación: febrero de 2020 y febrero de 2021

Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de diciembre de 2019

Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: Febrero 2021

La empleadora o el empleador que haya iniciado su actividad en una fecha posterior al 12 de marzo de 2020, se considerará a los efectos del Programa la actividad económica vigente al momento de la inscripción al programa, declarada ante la AFIP, identificada en los términos del "Clasificador de Actividades Económicas (CLAE)", según el texto oficial.


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