El Juzgado Civil y Comercial N° 13, a cargo de la juez Claudia Canosa, desestimó el amparo presentado para declarar inconstitucional la Ley de la IVE en la provincia.

Esta sentencia surge tras el rechazo a la medida cautelar el pasado 18 de marzo, que frenó la implementación de la Ley Nacional 27.610 (Interrupción Voluntaria del Embarazo).

De esta forma, la jueza desestimó el amparo presentado y la cuestión de fondo fue rechazada, por lo que la ley sancionada favorablemente en el Congreso de la Nación, continúa vigente y su aplicación permitida.

En la sentencia, Canosa señala su opinión y afirma que "no se aprecia, en el caso traído a consideración, la concurrencia de legitimación activa por parte de los recurrentes, quienes resultan no ser sujetos habilitados para interponer este tipo de acción colectiva".

Luego, explicó uno de los ejes de la problemática: "Además, la legitimación activa se encuentra estrictamente vinculada al concepto de interés. Quien intente la acción debe probar tener un interés particular, concreto y directo". Estas declaraciones se encuentran enmarcadas en las fundamentaciones "provida" de los autores del amparo y cautelar.


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