
La Justicia Laboral hizo lugar al amparo colectivo, en favor de los trabajadores del Ministerio de la Producción, y declaró inválida la metodología utilizada por el Gobierno provincial para reducir el Fondo Estímulo Productivo.
En su fallo, el juez Sergio Bosch declaró nula la Resolución Ministerial N.º 71/2026, en particular sus artículos 1 y 2, por "carecer de razonabilidad y fundamentación suficiente", y ordenó al Ministerio de la Producción practicar una nueva liquidación del F.E.P. correspondiente a los meses de febrero, marzo y abril de 2026, así como de los períodos que se devenguen hasta el cumplimiento efectivo de la manda judicial.
El diputado provincial Santiago Pérez Pons celebró el fallo, y afirmó que "la Justicia frenó el recorte al Fondo Estímulo Productivo. Con los trabajadores de Producción se puso un límite al ajuste de Zdero".
El legislador justicialista recordó que "el conflicto se originó a partir de la modificación de la base de cálculo del Fondo Estímulo Productivo, mediante la exclusión de conceptos que histórica y legalmente integraban su conformación, lo que provocó una caída abrupta en los ingresos de cientos de trabajadores del área productiva".
"En algunos casos, profesionales del sector pasaron de percibir de cerca de $1.500.000 a alrededor de $600.000 mensuales", graficó.
