
El Tribunal Oral Federal condenó a Ramón Alberto “Tito” López a 10 años de prisión por el delito de lavado de activos agravado, al considerarlo coautor y miembro de una asociación o banda dedicada a la comisión continuada de este tipo de hechos. La sentencia también incluyó inhabilitación especial perpetua para ejercer funciones públicas y una multa equivalente a dos veces el monto de las operaciones investigadas, cuyo valor será determinado en una instancia posterior.
En la misma resolución, el tribunal condenó a Librada Beatriz Romero, David Alberto López, Walter Ramón López y Daniel Rolando López a penas de nueve años de prisión por el mismo delito. Todos fueron considerados coautores penalmente responsables de integrar una asociación destinada al lavado de activos agravado y recibieron además inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y multas económicas.
Los jueces Juan Manuel Iglesias, Enrique Jorge Bosch y Osvaldo Alberto Facciano también ordenaron el decomiso de bienes vinculados a la causa, incluidos inmuebles, construcciones, maquinaria, plantaciones y semovientes. Además, dispusieron que las extensiones de tierras fiscales involucradas queden a disposición de las autoridades judiciales competentes ante la existencia de actuaciones provinciales y federales relacionadas con el caso.
Durante la lectura del veredicto, el tribunal rechazó por mayoría las nulidades planteadas por la defensa y fijó para el 21 de mayo de 2026 la audiencia de lectura de los fundamentos completos de la sentencia. La resolución también ordenó notificar a la Unidad de Información Financiera y remitir testimonios al Registro Nacional de Reincidencia.
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