
El presidente del Consejo de Abogados y Procuradores del Chaco, Miguel Vigier, aseguró que la ley provincial de honorarios profesionales “está absolutamente vigente” y aclaró que el reciente fallo de la Sala Cuarta sólo tiene efectos sobre un caso puntual. “Esos titulares que hemos visto en el sentido de que se ha afectado la ley o se ha tumbado la ley son inciertos”, afirmó, al explicar que en Argentina el control de constitucionalidad “se agota en sus efectos al caso concreto”.
En El Resumen de Natagalá, Vigier cuestionó con dureza la resolución judicial y sostuvo que “el fallo es un espanto” desde el punto de vista constitucional. Según indicó, la declaración de inconstitucionalidad fue realizada de oficio, sin pedido de las partes, algo que definió como una facultad “excepcionalísima” de los jueces.
“Los jueces en realidad no han ejercido jurisdicción, han legislado sustituyendo el criterio del legislador”, expresó, en referencia al artículo 3 de la ley 4228-C, que establece la aplicación de la norma a todas las regulaciones pendientes.
El titular del Consejo de Abogados también consideró que existe una falta de coherencia en los criterios judiciales vinculados a la interpretación constitucional. En ese sentido, remarcó que la entidad respondió con un dictamen técnico elaborado por la especialista en derecho parlamentario Fabiana Malatesta, donde se argumenta por qué consideran “errado” el criterio adoptado por la Sala Cuarta. “No hay aquí aplicación retroactiva de la ley de honorarios, sino aplicación inmediata a relaciones no consumadas del todo”, sostuvo.
Escuchá la nota completa
