sábado 25 de abril, 2026

El Gobierno promulgó la reforma de la Ley de Glaciares: los cambios clave que ya están en vigencia

24 de abril 2026

El Gobierno nacional promulgó este viernes la reforma de la Ley de Glaciares (Ley N° 27.804), tras su reciente aprobación en el Congreso, e introdujo modificaciones sustanciales en el régimen de protección ambiental que regía desde 2010.

La medida, oficializada a través del Decreto N° 271/2026 publicado en el Boletín Oficial, redefine el alcance de la normativa con el objetivo de habilitar mayores márgenes para el desarrollo productivo, especialmente en zonas con potencial minero.

La legislación original había establecido un esquema de protección amplio sobre glaciares y ambientes periglaciares, considerados reservas estratégicas de agua dulce. Sin embargo, la reforma cambia ese enfoque y establece nuevos criterios que impactan directamente en la delimitación de áreas protegidas y en las competencias de control.

Uno de los ejes centrales de la modificación es la transferencia de facultades a las provincias. A partir de ahora, serán los gobiernos provinciales los encargados de definir qué glaciares y ambientes periglaciares deben ser preservados, según criterios propios.

Esto implica que ciertas zonas que antes estaban automáticamente protegidas podrían dejar de estarlo bajo esta ley, aunque seguirán alcanzadas por otras normativas ambientales vigentes.

En la misma línea, la reforma introduce un cambio clave en la protección de los glaciares de escombros y áreas periglaciares. Mientras que la normativa anterior contemplaba una cobertura general, el nuevo texto limita la protección estricta únicamente a aquellos que tengan una "función hídrica comprobada o relevante".

Este punto abre la puerta a la habilitación de actividades productivas y extractivas en territorios que antes estaban vedados, una decisión que ya había generado críticas de sectores científicos y organizaciones ambientalistas durante el debate legislativo.

Otro aspecto relevante es la modificación en el rol del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA).

El organismo, que hasta ahora tenía un papel central en la identificación y estudio de glaciares, pasará a cumplir una función más acotada, principalmente de carácter técnico y registral.

Si bien su inventario seguirá siendo de consulta obligatoria, ya no tendrá un rol determinante en la toma de decisiones, que quedará en manos de las provincias.

Asimismo, en zonas fronterizas aún no delimitadas, la reforma establece la intervención obligatoria del Ministerio de Relaciones Exteriores antes de incorporar información al inventario nacional.

En cuanto al régimen de actividades permitidas, la nueva ley abandona el sistema de prohibiciones generales que regía hasta ahora.

En su lugar, se adopta un esquema basado en evaluaciones de impacto ambiental caso por caso, bajo la órbita de las autoridades provinciales. De esta manera, la autorización de proyectos productivos dependerá de estudios específicos y no de una restricción previa automática.

Desde el Poder Ejecutivo, defendieron la reforma al señalar que permitirá "ordenar el marco normativo",  evitar interpretaciones discrecionales y fortalecer el federalismo ambiental, otorgando mayor protagonismo a las provincias en la gestión de sus recursos naturales.

La aprobación en la Cámara de Diputados se concretó con 137 votos a favor, 111 en contra y tres abstenciones, reflejando un debate marcado por tensiones entre desarrollo económico y protección ambiental.

Con la promulgación ya en vigencia, el nuevo esquema abre una etapa de implementación que será observada de cerca por distintos sectores políticos, científicos y sociales.

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