
El abogado tributarista Marcelo Santalucía analizó en La Mañana de Natagalá, el alcance del denominado régimen de inocencia fiscal impulsado por el Gobierno nacional y explicó que la medida establece un sistema simplificado para la determinación del Impuesto a las Ganancias.
Según detalló, quienes adhieran aceptarán la liquidación propuesta por el fisco y obtendrán como beneficio un “tapón fiscal” que impedirá revisar determinados períodos anteriores. “Si el Estado te dice cuánto tenés que pagar y vos aceptás, ya no se va a poder investigar hacia atrás lo que pudiste haber declarado y pagado”, señaló.
El especialista sostuvo que una de las principales novedades del régimen es que deja de considerar ciertos parámetros que anteriormente eran utilizados para detectar inconsistencias patrimoniales. Entre ellos mencionó el nivel de consumo respecto de los ingresos declarados y las variaciones patrimoniales registradas durante un período fiscal. “Ahora podés tener un consumo superior a tus ingresos o un incremento patrimonial importante y eso no será tenido en cuenta a los efectos del Impuesto a las Ganancias si estás adherido al régimen”, explicó.
Santalucía vinculó sus definiciones al caso del vocero presidencial y legislador electo Manuel Adorni, quien recientemente informó una variación patrimonial que generó debate público. El tributarista remarcó que, desde el punto de vista fiscal, la situación se encuentra encuadrada dentro de la normativa vigente. “Del punto de vista tributario, él se encuadró perfectamente”, afirmó, aunque aclaró que ello no impide eventuales investigaciones por otros delitos ajenos a la materia impositiva.
En ese sentido, diferenció las consecuencias tributarias de las eventuales responsabilidades penales vinculadas a hechos de corrupción, enriquecimiento ilícito, fraude o lavado de activos. “Esto no significa que una persona no pueda seguir siendo investigada por otro tipo de delitos. Son dos cosas distintas”, sostuvo. Para el especialista, el régimen funciona en los hechos como un mecanismo que permite exteriorizar bienes o ahorros no declarados anteriormente sin generar sanciones impositivas sobre esos montos.
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