En el programa "El Resumen de Natagala", el periodista Matías Meza entrevistó al Juez de Ejecución Penal de la primera circunscripción judicial de la ciudad de Resistencia, Juan José Cima, para abordar el tema sobre el beneficio de algunas personas privadas de su libertad en el contexto de la pandemia por coronavirus.

¿Qué alcances tienen estas medidas en Chaco?

El tema de la prisión domiciliaria data desde su puesta en vigencia, está en el art. 10 del código penal desde 1921, y en la ley 24.660 ejecución de la pena a la persona privada de su libertad, no es un beneficio es una modalidad distinta del cumplimiento de la pena, y la ley establece en cuales son los motivos por los cuales los jueces podemos otorgar esta modalidad. Que son para las madres que tienen menos de 5 años, madres embarazadas, personas mayores de 70 años, personas con enfermedades terminales, para discapacitados que dentro del contexto de encierro no pueden desenvolverse correctamente.

La prisión domiciliaria está fundamentada en un principio humanitario que los jueces debemos tener presentes en determinadas ocasiones en algunas personas. Por el tema de la pandemia llegaron múltiples pedidos hasta el momento de naturalizarla. Tienen expectativa de ir a cumplirla pena en su casa, la cuál es una modalidad distinta donde se les marca un perímetro, un instrumento de rastreo satélite para rastrear sus movimientos, y no salgan de su perímetro establecido.

Hoy excepcionalmente lo estamos tratando basándonos en el principio humanitario por la pandemia, ya qué todos lo piden inclusive los presos que no están en los grupos de riesgo.

Esta medida judicial pone ciertas condiciones para el interno que debe ser beneficiado con estas medidas. Los que están privados de su libertad por cometer violencia de género, delitos graves ¿Cómo se trabaja con estas cuestiones?

Esto es mi interpretación subjetiva, escapa a mis funciones condenar el hecho, ya fue condenado, en el debido derecho no puede ser condenado dos veces. Pero si mentiría si digo que no evaluamos el hecho, para nosotros es muy importante conocer por lo que fue condenado, y ver las pautas de su conducta al momento de dar este beneficio.

Por ejemplo, en un delito sexual hacia personas menores de edad, que lleguemos al limite de analizar si se le da una prisión domiciliaria tendríamos que analizar que no existan riesgos. Es muy importante analizar el contexto.

Nos cuesta mucho a nosotros los jueces otorgarles beneficios, como salidas transitorias. Demos hacer la diferenciación de lo que son las prisiones domiciliarias en situaciones normales y en caso como esta emergencia.

Pero se incorporó el art. 56 bis que algunas personas con ciertos delitos no tendrán estos beneficios, como homicidio en ocación de robo o violación por ejemplo.

Entregar hoy una prisión domiciliaria fundamentada en el caso de situación de riesgo de un prisionero es muy complicado. Por ejemplo a los presos les hago saber que todos tenemos miedo, el virus está afuera, entonces irresponsable sería de mi parte mandar a un sujeto a su domicilio donde a mi no me consta que ese domicilio está provisto de agua potable, que tenga cloacas, que no está en el área roja sanitaria virus, que no conviva con personas infectadas. Todo mi personal de campo que tiene que acreditar estas concesiones no está trabajando por el DNU establecido.

¿Cuál es la situación en la provincia en cuanto a los pedidos de prisión domiciliaria?

Debo tener al rededor de 85 solicitudes de prisiones domiciliarias, más todas las que entran a diario que todavía no las podemos procesar por que no tenemos todo el personal trabajando, las cuales voy analizando a medida que entran, pero lo ideal sería ir clasificando las que son viables, con la premura del caso vamos analizando las que van ingresando.

Las personas mayores, con diabetes, personas que salen de terapia intensiva, nos piden que analicemos esas situaciones. tomar una determinación de esta magnitud implica un sin número de medidas, ya que lo sacamos de un lugar donde no entró el virus y lo mandamos a algún lugar incierto.


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